La respuesta que emana del discurso presidencial de anoche 22 de octubre resulta del todo insuficiente y no contempla una condición básica para la normalización del país, como es el levantamiento del Estado de Excepción Constitucional.
Esto hace previsible que la violencia institucional se mantenga al riesgo cierto de que se incremente.
CODEPU, Frente a esta situación, informa a la población, los límites del Estado de Emergencia y los derechos que tiene una persona en él.
El Estado de Emergencia autoriza solo a restringir o limitar la libertad de locomoción, autorizando toques de queda e involucrado a las FFAA en el control del orden público.
Debido a esto, las personas que infrinja no son detenidas sino arrestada para el solo efecto de ser puesto a disposición de las Policías.
No autoriza ni decomiso de especies ni registro personales, de modo que si esto sucede hubo por parte de personal uniformado, robos y vejaciones injustas a particulares.
No esta nunca autorizado a ingresar a domicilios o desplegar violencia indebida, o golpear a los detenidos.
Todos estos hechos constituyen vulneraciones a Derecho que debe ser denunciado, para lo cual CODEPU ofrece su colaboración y recibirá denuncias en el siguiente teléfono de nuestro equipo jurídico:
+56 22 699 8540