Yo no escribo para agradar ni tampoco para desagradar.
Escribo para desasosegar (José Saramago)
El uso irracional y desmedido de la fuerza y la consecuente, impunidad al interior de la institución de Carabineros de Chile por violaciones a los Derechos Humanos no son exclusivas de los hechos acontecidos desde el viernes 18 de octubre del año 2019, sino por el contrario, son parte de un patrón acumulativo desde 1927.
Solo hay que recordar que, en un informe oficial del Estado de Chile, la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (CNVR) -que investigo las “graves violaciones a los Derechos Humanos entre septiembre de 1973 a marzo 1990”- determinó que Carabineros fue la tercera fuerza responsable de personas asesinadas durante los años de la dictadura. De la misma forma, los muertos en procedimientos policiales durante los tiempos de la transición democrática. También vive en el recuerdo de los estudiantes de liceos capitalinos los operativos desplegados por funcionarios de Fuerzas Especiales, FFEE (actual COP) cuando ingresaban agrediendo con sus elementos disuasivos y usaban hasta el mobiliario escolar que lanzaban en contra los estudiantes o la disposición de combate de los agentes del Estado en los techos vigilando, controlando y coaccionando el accionar estudiantil.
Junto al abuso del uso irracional de la fuerza que mantiene un cuestionamiento de larga data a la institución, se agrega el fraude que bordea los 30 mil millones de pesos y que tiene procesados a exgenerales directores, algunos de ellos en prisión preventiva, algo inédito y sin precedentes.
Lo anterior sigue profundizando el desprestigio de Carabineros y de paso situando a los imputados en una posición ventajosa para cumplir una medida cautelar en la escuela matriz institucional lo que entrega una señal errada a los nuevos oficiales y sobre, todo a la ciudadanía.
El pasado, los fraudes y las violaciones a los Derechos Humanos a partir del 18 de octubre del 2019 en contexto del estallido social sitúan a la institución en un punto de no retorno hace evidente la profunda y urgente necesidad de impulsar una reforma estructural, generando una nueva policía que incluya principalmente mecanismos eficientes de control y la rendición de cuentas frente a los propios superiores y al poder civil. Pero también, procedimientos de supervisión de los mandos superiores y de la cadena de mando como son el propio General director, el General subdirector y el director de Orden y Seguridad de Carabineros. Mecanismos y procedimientos que, incluso quedaron consignados claramente en el extenso sumario administrativo elaborado por la Contraloría General de la República en el cual en conclusión principal menciona el incumplimiento y violación de los propios protocolos al no adoptar medidas correctoras para dichas prácticas.
La inobservancia de los protocolos y la ausencia de control civil facilitan la impunidad reinante en la institución y alentó la repetición de violaciones a los derechos humanos. Los agentes del estado continuaron reprimiendo las manifestaciones usando munición lesiva y dispersiva al torso superior del cuerpo con la clara intención de dañar y controlar a través del temor a los manifestantes. Cabe recordar que Carabineros de Chile sólo en el mes de octubre del 2019 disparó más de 104.000 cartuchos de dicha munición.
El cuestionamiento ciudadano e internacional a la labor institucional ha llevado al actual gobierno a impulsar una Reforma institucional, la cual es coordinada por una instancia que aglutina a 15 personas, varios de ellos funcionarios activos de la misma institución empero sin participación de la ciudadanía, ni menos con raigambre social.
A partir de lo indicado, cabe preguntarse y preocuparse, ¿qué sucederá cuando las manifestaciones sean numerosas y convocantes con cientos de miles ocupando el espacio público? Igualmente, ¿si el actuar de Carabineros y Fuerzas Especiales responde a “excesos” o es una derivada de la Doctrina de Seguridad Nacional y la mirada de un potencial enemigo interno?
Se adecuaron los protocolos con fecha septiembre del 2021, apareciendo el perifoneo de advertencia antes de dispersar la manifestación empero nada se expresa del uso de la escopeta antidisturbios. A pesar que se habla de “carga desproporcionada” en varios pasajes del nuevo protocolo, en términos prácticos y reales, Carabineros de Chile y los funcionarios de Control de Orden Público (COP), continúan sin respetar sus propios protocolos: ocultando sus parches identificatorios; realizando un perifoneo a distancia y con mensajes difusos en el contenido; copando y desplazando con un celo excesivo de vehículos blindados el espacio público y realizando formación de encuentro que conlleva un desplazamiento forzado de los manifestantes a zonas de “libre tránsito”; sin aludir, la constante provocación, la arrogancia verbal, la descalificación personal, y el descontrol de impulsos en los funcionarios, que además, portan armas de fuego y son funcionarios públicos
No basta con las adecuaciones reglamentarias ni añadir instrumentos jurídicos internacionales intentando dar un halo legal. Menos aun cuando la historia pasada y reciente nos demuestra que las prácticas lesivas ejercidas por funcionarios de Carabineros forman parte de su esencia el actuar como instrumento represivo de castigo.
La muerte de una estudiante y defensora de los Derechos Humanos en contexto de diálogo y protesta con funcionarios de Control de Orden Público es el último acontecimiento que centra la atención nuevamente en la institución. Más allá de las circunstancias de la muerte que, deben ser esclarecidos con la debida diligencia pericial y jurídica, los citados funcionarios estaban reprimiendo con todo su equipamiento una marcha en conmemoración del Día de los Pueblos Originarios. Como del mismo modo, el cambio de medida cautelar para el exteniente coronal (G-3) Claudio Fernando Crespo Guzmán después de trece meses en prisión preventiva por la represión ejercida particularmente el viernes 08 de noviembre del año 2019. Medida adoptada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que cambió la prisión preventiva de Crespo Guzmán por arraigo nacional y firma quincenal por no considerarlo un peligro para la sociedad.
De allí que en lo inmediato, mientras se diseña una política que abra paso a una nueva policía, se juzgue a los responsables de violaciones a los Derechos Humanos, con Verdad y Justicia esclareciendo de manera exhaustiva los hechos; la derogación del Decreto Supremo N° 1086 de fecha septiembre de 1983 sobre Reuniones Públicas dada su discrecionalidad y contravención a los acuerdos y pactos internacionales sobre reuniones y manifestaciones; una Refundación profunda de Carabineros de Chile y establecer una Reparación atingente e integral a las víctimas, donde el Estado asuma un rol principal en la garantía del acceso efectivo a reparaciones conforme a los estándares del derecho internacional y no formas discrecionales que pasan por la voluntad personal.
Andrés Vera Quiroz
Fotografía: José Miguel Araya