
La comisión de Seguridad Pública del Senado aprobó la idea de legislar el proyecto de ley que concede un indulto a personas detenidas en el contexto del estallido social.
A CODEPU le parece urgente una salida que impida el castigo que les impone el Estado y la Constitución. La ley de indulto es un camino que permitiría la libertad de los presos de la revuelta. Enhorabuena. Con seguridad los sectores que defienden a rajatablas el sistema imperante rechazarán la propuesta. Destacarán los “delitos” y la violencia aislándolos de contexto. Levantarán un discurso de defensa del orden público y denunciarán los bienes que fueron afectado por el estallido. Están en su derecho, pero olvidan lo convulsos y hasta caóticos que son los procesos sociales cuando se acumulan injusticias y desigualdades.
El estallido social, la llamada revuelta fue la movilización de millones que expresaron una voluntad de cambio y transformación del orden social, político y económico. Fueron millones los que expresaron su descontento por las injusticias amparadas por un modelo económico heredado desde tiempos dictatoriales y resguardado por una Constitución moribunda.
En todo estallido social, las dinámicas sociales que se desatan incluyen, quierase o no, hechos de violencia social y popular que son el resultado de las injusticias de ayer, anteayer y de siglos.
A los miles de presos políticos de la revuelta se les reprochan actos y hasta delitos realizados por motivaciones y fines de protesta social y en los cuales subyace el objetivo de cambios políticos. Fueron privados de libertad y muchos llevan casi año y medio encarcelamiento. La autoridad política y el Estado revisten como delitos los actos y de antisociales las conductas en medio de la explosión de descontento e indignación. Pero el proceso político desatado por la revuelta ha demostrado indubitablemente que el orden social, político y económico se encuentra asistiendo a su obsolescencia. Y el objetivo de cambio político expresado en las calles ha sido ratificado en los resultados del plebiscito y en las recientes elecciones para la Convención Constitucional.
Entonces, la connotación política de los hechos de los cuales se les acusa es irrefutable. Más aún con la dura respuesta del Estado ante la inmensa ebullición social.
El control del orden público se tradujo en una política de castigo a la población que protestaba. El despliegue de la Fuerzas Armadas y Carabineros, especialmente el accionar de éstos últimos dejaron centenares de mutilados, miles de lesionados de gravedad. La política de castigo impulsada desde las autoridades del Estado se convirtió en la más grave crisis de derechos humanos desde los tiempos dictatoriales, cuya condena por parte de organismos internacionales es conocido. Los prisioneros de la revuelta son parte de esa misma política de castigo.
El carácter excepcional de la acción penal impetrada de parte del gobierno, Ministerio del Interior, Intendencias regionales u otras reparticiones del estado, es absolutamente política, tanto por su origen –ejemplo debate de Ley Antisaqueos y Antibarricadas, o las reformas a la Ley de Control de Armas-, o por su aplicación restringida como acción penal como es el caso de la Ley de Seguridad del Estado, o ley antiterrorista.
Por otro lado, la mantención de la prisión preventiva como una pena anticipada y el retraso de los procesos se constituyen como una continuación de la política de castigo a la población y son indicadores que la urgente salida a la situación de los presos de la revuelta es un tema político de primer orden que exige asumir las responsabilidades del devenir histórico que devino inevitablemente en revuelta social.
Por ello, en tanto CODEPU, no dejaremos de recordar e insistir en que el proceso constituyente es un proceso histórico que lo abrió el pueblo de Chile. Es un proceso de protesta social, de revuelta popular y de masivas y graves violaciones a los derechos humanos. Ese es el contexto de este proyecto de indulto general exclusivo para los presos del estallido. Las instituciones públicas y el estado tienen que estar disponibles para juzgar los hechos no como una situación de normalidad, sino de excepción.
Es tiempo de alcanzar la libertad de los prisioneros de la revuelta.
CODEPU
Junio 27 de 2021