Con estupor hemos leído en la prensa de hoy una resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que, en plenario extraordinario decidió dejar sin efecto una resolución del Juez Daniel Urrutia que cambiaba la medida cautelar de prisión preventiva por la de arresto domiciliario total a 13 jóvenes detenidos por desórdenes públicos en el contexto del estallido social, al mismo tiempo que se instruye una investigación sumaria administrativa y se dispone la suspensión de sus funciones del mencionado magistrado.
Para la Corporación de Defensa de los Derechos del Pueblo, CODEPU, la resolución del alto tribunal nos preocupa porque:
I.- La resolución del Juez Daniel Urrutia se sustenta en el derecho internacional humanitario, pues afirma que el derecho a la salud es un derecho para todos los que habiten el territorio, incluidos los internos en prisión preventiva. Y en tanto tal, es posible adoptar el cambio de cautelar por una menos gravosa, asegurando los fines del procedimiento y la salud de los imputados y la sociedad.
II.- Para nadie es un misterio que las cárceles chilenas, dado el hacinamiento y la ausencia de condiciones para aplicar medidas sanitarias básicas, son recintos donde la probabilidad de contagio es muy alta.
III.- Las razones de emergencia sanitaria y las humanitarias confluyen en una decisión que se ve obstaculizada por el pleno extraordinario de la Corte de Apelaciones que, mayoritariamente acordó suspender la decisión del magistrado, instruir sumario administrativo y suspender al juez Daniel Urrutia.
IV.- Tal decisión de la Corte de Apelaciones es contraria a las recomendaciones de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, quien hace un llamado para que las autoridades actúen ahora, ante la expansión del contagio de COVID19, sostiene que mantener detenidos en las actuales condiciones conlleva un alto riesgo y que la prisión preventiva debería ser una medida de último recurso.
V.- Las presiones políticas desplegadas por el Ministerio del Interior a fin de forzar la actitud del Poder Judicial para que este actué en consonancia con las políticas represivas que la autoridad promueve contra la protesta ciudadana fueron públicas y notorias los días previos a la resolución del Juez Urrutia y a la reacción de la Corte de Apelaciones de Santiago. Solo resta entender que dieron los frutos deseados y que la independencia del Poder Judicial está siendo avasallada.
VI.- Recordamos que el Poder Judicial tiene como mandato constitucional y legal actuar en resguardo del derecho de las personas, que la prisión preventiva debe ser siempre excepcional y que las personas encarceladas por la protesta lo son por hechos de motivación política, lo que los hace presos políticos. La eventual muerte o contagio de uno de esos presos políticos por la infección de COVID 19 implicará una obvia responsabilidad del Estado Chileno en general y el Poder Judicial en particular ante la comunidad internacional y demostrará, que como ocurrió en la época de la Dictadura, éste abdicó de su rol y se plegó como instrumento al Poder Político.
Demandamos, por esto, al Poder Judicial
1.- Volver a una senda de independencia ante el poder ejecutivo y adoptar una actitud protectora de los derechos fundamentales de la persona humana.
2.- Hacerse sensibles de la emergencia sanitaria y evitar la prisión preventiva y el rigor indebido contra los presos de la protesta social
3.- Cesar el hostigamiento contra el juez Daniel Urrutia Labraux y dejar sin efecto el expediente disciplinario abierto.
CODEPU
Santiago, 25 de marzo de 2020