CODEPU CONSIDERA INACEPTABLE Y GRAVÍSIMO BENEFICIOS CARCELARIOS A CONDENADOS POR CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD

La Corporación de Defensa de los Derechos del Pueblo, CODEPU considera inaceptable y gravísimo que la Corte Suprema favorezca con la libertad condicional a cinco ex agentes del Estado condenados por crímenes de lesa humanidad. Más aún cuando la resolución de la Corte Suprema se suma a otras iniciativas del Estado chileno, que permiten otorgar beneficios carcelarios a quienes cometieron crímenes de lesa humanidad.

Los beneficios a violadores de los derechos humanos ocurridos en dictadura se transforman en hechos más graves aún, pues la Corte Suprema otorga la libertad condicional a quienes no cumplen con los requisitos que las normas del derecho internacional humanitario establecen, refieren y exigen.

Las normas que el Derecho Internacional  establece y los Tribunales que han juzgado crímenes y violaciones sistemáticas a los derechos humanos cometidos por el Estado y sus agentes lo que buscan es  generar mínimas garantías para evitar que vuelvan a ocurrir. Por eso los crímenes de lesa humanidad, como la desaparición forzada de personas, el ocultamiento del destino final de las víctimas, las torturas como práctica regular por agentes del estado, se consideran inamnistiables e imprescriptibles y el principio básico que guía la aplicación de condenas es que estas sean proporcionales a la gravedad de los hechos.

Los condenados fueron parte de una verdadera maquinaria de exterminio. Los informes oficiales del estado de Chile así lo dejaron claro.  Quienes cometieron crímenes lo hicieron al amparo y protegidos por el estado y sus delitos fueron masivos y horrorosos. En todos los casos de violaciones a los derechos humanos los criminales han sido procesados años después de cometidos los crímenes, en muchos casos se ha aplicado rebajas de condenas. De allí que otorgar beneficios carcelarios borra y burla la justicia, pues se otorgan libertades condicionales como si fueran decisiones meramente administrativas, aplicando parámetros destinados a delitos comunes que no pueden aplicarse a crímenes horrorosos y de lesa humanidad.

También se burla el derecho a la justicia de las víctimas cuando La Corte Suprema no considera si los criminales colaboraron sinceramente con la acción de la justicia o le han puesto trabas o si los condenados muestran un arrepentimiento real. En la larga tarea por la justicia, los organismos de defensa de los derechos humanos hemos aprendido que los criminales no han asumido a conciencia la gravedad de los delitos que cometieron y las consecuencias de estos en la sociedad en su conjunto.

Por eso reiteramos que los beneficios otorgados son inaceptables, gravísimos y preocupantes, pues con la formula que comienza a aplicar la Corte Suprema, como resultado de los cambios en su composición, se está estableciendo en definitiva un camino de impunidad que no corresponde.

Como instancia defensora de los derechos humanos, consideramos legítimo que las organizaciones de familiares de las víctimas, los abogados defensores de los derechos humanos y los movimientos sociales que ayer y hoy luchan por derechos sociales para todos y todas expresen su disconformidad por las señales que entrega la decisión de beneficiar a criminales de lesa humanidad transgrediendo los acuerdos internacionales que Chile ha suscrito en la materia.

Corporación de Defensa de los Derechos del Pueblo, CODEPU.

Agosto 1 del 2018