Organizan campaña internacional de apoyo a juez chileno Daniel Urrutia, objeto de sanciones por promover en sus fallos el respeto a los derechos humanos

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Chile.

Descripción de los hechos:

El Observatorio ha recibido con grave preocupación información de fuentes fidedignas sobre el hostigamiento sufrido por el defensor de los Derechos Humanos y juez Daniel Urrutia Laubreaux, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago de Chile. El Sr. Urrutia Laubreaux ha mostrado una actitud proactiva en la defensa de los derechos humanos en su actividad como operador de justicia a través de decisiones basadas en un enfoque de derechos humanos en cuestiones como el derecho de voto de personas en prisión preventiva, derechos de adolescentes en internación provisoria o el derecho a la protesta social, entre otros.

Según las informaciones recibidas, en un periodo de aproximadamente dos años, la Corte de Apelaciones de Santiago ha impuesto al Juez Urrutia siete investigaciones disciplinarias y una petición de traslado en virtud de actuaciones jurisdiccionales.

La primera de las investigaciones disciplinarias está vinculada con su decisión en agosto de 2013 de solicitar que se garantizase el derecho de voto de personas detenidas en prisión preventiva. La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto su resolución tres días antes de las elecciones y remitió la información a la Corte de Apelaciones de Santiago para que decidiese sobre la imposición de eventuales sanciones al Juez Urrutia. En el momento de publicación de este llamado urgente el Juez Urrutia no tiene información sobre el estado en que se encuentra dicho sumario.

La segunda investigación corresponde con una orden emitida en marzo del 2015 por el Juez Urrutia, mientras era Presidente del Comité de Jueces del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, solicitando a los funcionarios del tribunal transcribir ciertas resoluciones dictadas en audiencia, lo que dio lugar a denuncias de maltrato de algunos funcionarios contra el Juez Urrutia a raíz de esa decisión. Es importante señalar que pese a que la decisión había sido emitida por el Comité de Jueces como órgano colegiado, el procedimiento sancionatorio fue dirigido únicamente en contra del Sr. Daniel Urrutia Laubreaux, hecho que reviste un claro carácter discriminatorio y arbitrario. Además, la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó realizar una serie de diligencias no directamente vinculadas con la causa a pesar de la petición de sobreseimiento del caso por parte del fiscal de dicha Corte.

La tercera investigación está vinculada a la denuncia interpuesta por otro magistrado del Juzgado de Garantías de Santiago en relación con la asignación de una causa. La Corte de Apelaciones de Santiago decidió agregar esta denuncia al sumario mencionado, en el párrafo anterior sin siquiera haber dado la oportunidad al Juez Urrutia la oportunidad de dar su versión de los hechos.

La cuarta investigación disciplinaria está vinculada con la decisión del Juez Urrutia el 17 de octubre del 2015 de garantizar a 12 internas adolescentes del Centro de Internación Provisoria de Santiago, que visitaran a parientes y parejas, que se encontraban detenidos en diversos penales de la capital, amparándose en los principios de interés superior del niño y de autonomía progresiva de los adolescentes como sujetos de derecho, que es reconocido por el derecho internacional de los derechos humanos. Esta decisión fue una vez más seguida de la apertura de un sumario por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago a pesar de que ninguna parte había recurrido la decisión del Sr. Daniel Urrutia Laubreaux.

La quinta investigación disciplinaria está relacionada con la decisión del Juez Urrutia en fecha de 3 de marzo de 2016 de dictar el sobreseimiento definitivo por falta de desórdenes públicos de una causa vinculada con un acto de protesta del colectivo “Andha Chile”, una organización de deudores habitacionales. La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la decisión y además inició una investigación disciplinaria y presentó una denuncia penal por prevaricación en contra del Sr. Urrutia por haber sobreseído a los manifestantes. Es relevante precisar que en fecha del 27 de septiembre de 2016 los integrantes fueron finalmente absueltos por atipicidad de su conducta, en línea con la decisión original del Juez Urrutia.

La sexta y última investigación disciplinaria en contra del Juez Urrutia corresponde con su decisión de garantizar el derecho de voto a todos los imputados en prisión preventiva de cara a las elecciones municipales en Chile. La Corte de Apelaciones de Santiago decidió revocar la decisión así como abrir un nuevo sumario en contra del Sr. Daniel Urrutia Laubreaux. Cabe señalar que el Juez Urrutia tuvo conocimiento de esta decisión a través de la prensa en un contexto en el que el diario El Mercurio parece estar siendo beneficiario de filtraciones por parte de algún integrante de la Corte de Apelaciones, antes incluso de que los acuerdos del Pleno estén firmados por los Ministros y Ministras que lo integran.

Finalmente, la Corte de Apelaciones de Santiago decidió en un pleno extraordinario solicitar a la Corte Suprema el traslado del Juez Daniel Urrutia Laubreaux, argumentando que busca mejorar la gestión y el clima laboral del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Sin embargo, el Juez Urrutia no es Juez Presidente y, por lo tanto, no tiene funciones administrativas, sino que es uno más de entre los doce jueces que componen el Juzgado, lo que parece apuntar a la posible persecución en su contra por parte de la Corte de Apelaciones.

Algunos de los sumarios están paralizados en espera de un recurso ante el Tribunal Constitucional presentado por el Juez Urrutia en el que cuestiona el sistema disciplinario del Poder Judicial en el que ante la inexistencia de un Consejo de la Judicatura, los mismos órganos que revisan las decisiones de los jueces de rango inferior deciden también sobre los procedimiento sancionadores.

El Observatorio muestra su preocupación por la afectación del principio de independencia del Poder Judicial en un contexto en el que el Juez Urrutia está sujeto a múltiples investigaciones abiertas en su contra, sin información detallada sobre el estado de las mismas y, en violación de diversas normas reglamentarias en cuanto a plazos y formas de investigación, todo lo cual le genera además al Sr. Urrutia una vulneración de las garantías mínimas de un debido proceso.

El Observatorio condena de forma enérgica la persecución disciplinaria en contra del Juez Daniel Urrutia Laubreaux por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago, que parece deberse a sus legítimas actividades en defensa de los derechos humanos desde su posición como operador de justicia habida cuenta de que el Derecho Internacional de los Derechos humanos es aplicable en el orden interno chileno. El Observatorio reclama asimismo que se ponga fin a la persecución en contra del Juez Urrutia y recuerda que la discrepancia de un órgano superior debería enmarcarse dentro del margen interpretativo de las normas jurídicas y no en procesos disciplinarios que afectan a la independencia de los jueces.

El Observatorio recuerda que conforme al Principio numero 2 de los Principios básicos de las Naciones Unidas relativos a la independencia de la judicatura, “los jueces resolverán los asuntos que conozcan con imparcialidad, basándose en los hechos y en consonancia con el derecho, sin restricción alguna y sin influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquiera sectores o por cualquier motivo”, y que la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos prevé el derecho de toda persona “individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional” (Art. 1), a “estudiar y debatir si esos derechos y libertades fundamentales se observan, tanto en la ley como en la práctica, y a formarse y mantener una opinión al respecto, así como a señalar a la atención del público esas cuestiones por conducto de esos medios y de otros medios adecuados (Art. 6.c), así como la obligación del Estado a garantizar la protección por las autoridades competentes de toda persona […] frente a toda […] represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la […] Declaración”.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de Chile urgiéndolas a:

i. Velar porque se ponga fin a todo tipo de hostigamiento en contra del Juez Daniel Urrutia Laubreaux, concretamente poniendo freno al proceso de traslado a otro tribunal y clausurando todos los procedimiento disciplinarios y administrativos en su contra de forma inmediata e incondicional;

ii. Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a todos los hechos arriba denunciados, con el fin de que los responsables del hostigamiento administrativo y disciplinario así como de las vulneraciones al debido proceso del Juez Urrutia sean llevados ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial, y les sean aplicadas las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;

iii. Revisar el sistema disciplinario del Poder Judicial para garantizar la separación entre órganos jurisdiccionales y órganos disciplinarios, y reforzar las salvaguardias del debido proceso en caso de investigaciones disciplinarias en contra de jueces chilenos;

iv. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, para todos los defensores y defensoras de derechos humanos en Chile, así como de los principios básicos de las Naciones Unidas relativos a la independencia de la judicatura para todos los operadores de justicia del país;

v. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Chile.

Direcciones:

• Sra. Michelle Bachelet Jeria, Presidenta de la República. Fax: (+562) 690 4958, E-mail: opinion@presidencia.cl ; internet@presidencia.cl ; mhansen@presidencia.cl
• Sr. Nicolas Eyzaguirre Guzmán, Ministro Secretaría General de la Presidencia. Fax: + 562.69.04.329, E-mail: tcostas@minsegpres.gob.cl
• Sr. Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública. Fax: (+562) 69 68 740, E-mail:
• Sra. Javiera Blanco Suarez, Ministra de Justicia y de Derechos Humanos. Fax: (+562) 698 70 98, E-mail: minju@reuna.cl; minju@minjusticia.cl.
• Sr. Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores. Fax: (+562) 696 87 96, E-mail: minrel@minrel.cl.
• Sr. Tucapel Jiménez Fuentes, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados, E-mail: tjimenez@congreso.cl
• Senador Sr. Juan Pablo Letelier Morel, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado, E-mail: ddhhsen@senado.cl
• Sr. Jorge Luis Zepeda Arancibia, Presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago. E-mail: ca_santiago@pjud.cl
• Misión Permanente de Chile ante las Naciones Unidas en Ginebra. Fax: + 4122.734.52.97, misionchile@misginchile.org
• Misión de Chile ante la Unión Europea. Fax.: +32 (02) 736 49 94. E-mail: embachile@embachile.be

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Chile en sus respectivos países.

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Ginebra-Paris, 21 de octubre de 2016

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:
• E-mail: Appeals@fidh-omct.org
• Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
• Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80